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ayudas y subvenciones TIC 2016 Navarra

Subvenciones TIC 2016 Navarra

Este año han tardado un poco pero ya están aquí las subvenciones TIC 2016 para Navarra, para la creación de páginas web, implantación de comercio electrónico y adopción de soluciones empresariales en la nube. Así que es el momento de retomar el blog y escribir un pequeño post de ayuda sobre ello.

Podéis encontrar todos los detalles sobre la convocatoria de ayudas TIC 2016 en Navarra aquí. Dicha convocatoria ha sido aprobada mediante la Resolución 310E/2016 de 3 de Junio. 

No obstante, os haré un pequeño resumen con los extractos más interesantes de la resolución:

FINALIDAD 

–Potenciar la incorporación de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) por parte de las pymes.

–Fomentar la adopción de soluciones TIC aplicadas a la gestión empresarial y a la “Fabricación Avanzada†(Industria 4.0), desarrolladas en cooperación entre una empresa cliente y una empresa proveedora tecnológica del sector TIC navarro.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

Es importante destacar que en esta edición, se hace hincapié en que los contenidos subidos a Internet de todos los proyectos subvencionados, evitarán cualquier imagen discriminatoria de la mujer y fomentarán la igualdad y la pluralidad de roles entre mujeres y hombres. Asimismo, se evitará el uso de un lenguaje sexista en todos los textos incorporados a dichos contenidos.

A. Creación de nuevas páginas web.

REQUISITOS: 

    • Sistema de administrador de contenidos estándar (CM), sin restricciones para su gestión. Se admitirá cualquier CM estándar existente en el mercado (WordPress, Drupal, Joomla, etc.) o cualquiera realizado con frameworks web estándar (CakePHP, CodeIgniter, Ruby on Rails, etc.). No se admiten CMs realizados a medida.
    • El dominio de la página web deberá estar contratado con posterioridad al 1 de enero de 2016 y a nombre de la empresa solicitante.
    • La página web deberá crearse y publicarse con posterioridad al 1 de enero del 2016.
    • La empresa solicitante no habrá tenido presencia online con anterioridad al 1 de enero del 2016.
    • La página web deberá ser responsive (adaptada para dispositivos móviles).
    • La página web no podrá provenir del redireccionamiento de dominios.

B. Implantación de comercio electrónico y adopción de soluciones empresariales en la nube (cloud computing)

REQUISITOS para implantación de comercio electrónico:

  • Deberá desarrollarse sobre sistemas estándar y estar adaptada para dispositivos móviles.
  • Las plataformas de comercio electrónico B2C deben permitir la contratación de los productos o servicios comercializados por la empresa solicitante y la realización de las transacciones de pago on line en tiempo real.
  • Las plataformas de comercio electrónico B2B permitirán la celebración de contratos on line y el pago podrá realizarse por cualquier sistema de pago que se considere adecuado a la naturaleza de los bienes o servicios objeto de transacción.
  • Se considerará subvencionable la creación o adaptación de webs por empresas del sector turístico, que incluyan la integración en cualquier plataforma de reservas disponible, permitiendo así la contratación o reserva online de los servicios ofrecidos.
  • La adopción de soluciones empresariales en la nube (cloud computing) deberá basarse en tecnologías de “cloud computing†relacionadas con los diferentes ámbitos de gestión de la pyme, que contribuyan a mejorar su competitividad.

C. Proyectos de cooperación en soluciones TIC innovadoras aplicadas a la mejora de competitividad empresarial y a la «Fabricación Avanzada»

Tendrán la consideración de subvencionables los proyectos de cooperación que estén relacionados con las siguientes áreas:

  • Soluciones tecnológicas para la mejora de la gestión empresarial que trabajen en el ámbito de la movilidad o internet de las cosas.
  • Proyectos ciberfísicos aplicados a los diferentes ámbitos de la “Fabricación Avanzada†(Industria 4.0) como ciberseguridad y comunicaciones, cloud computing, big data y analítica avanzada, robótica, realidad aumentada, visión artificial, sensórica o fabricación aditiva.

BENIFICIARIOS

Todas aquellas empresas (empresarias y empresarios autónomos, sociedades mercantiles, cooperativas, fundaciones, asociaciones y sociedades civiles con o sin personalidad jurídica) que, en el momento de presentar la solicitud de ayuda, reúnan los siguientes requisitos (acreditables mediante declaración responsable):

  • Tener domicilio fiscal en Navarra y estar dadas de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
  • En función del proyecto a subvencionar, las empresas deberán ser (Consultar definiciones PYME aquí):
    • Microempresas o pequeñas empresas para los proyectos tipo A).
    • Pymes para los proyectos tipo B).
    • En el caso de los proyectos tipo C), la empresa cliente podrá ser pyme o gran empresa y la proveedora tecnológica deberá ser pyme y no estar vinculada con la anterior.
  • Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra en el caso de que proceda.
  • No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Sin embargo, no podrán ser beneficiarias empresas de los sectores de la pesca, la acuicultura y la producción primaria de productos agrícolas, organismos autónomos y las sociedades o fundaciones públicas, ni empresas de consultoría informática e ingeniería.

GASTOS SUBVENCIONABLES Y PERIODO DE REALIZACIÓN

Los gastos subvencionables serán los siguientes:

  1. En los proyectos tipo A, serán subvencionables los gastos facturados a la beneficiaria por la consultora externa especializada que se correspondan inequívocamente con el proyecto de creación de la nueva página web.  Y ojo que esto es nuevo: El importe mínimo de presupuesto subvencionable será de 1.500 euros.

2. En los proyectos tipo B, los gastos subvencionables serán:

  • La implantación de comercio electrónico: Gastos facturados que se correspondan inequívocamente con el proyecto de implantación de una plataforma de comercio electrónico, incluyendo costes asociados a la integración de la plataforma de comercio electrónico con el sistema de gestión de la empresa, y costes de asesoramiento sobre aspectos legales, logísticos y de seguridad de las transacciones asociados a la implantación de la plataforma de comercio electrónico.
  • Adopción de soluciones empresariales en la nube (cloud computing): Los gastos facturados por la prestación del servicio. El importe mínimo de presupuesto subvencionable será de 1.500 euros.

3. En los proyectos tipo C, los gastos subvencionables serán:

  • Los gastos de consultoría y asesoría tecnológica facturados por la proveedora tecnológica para el desarrollo de la aplicación TIC innovadora y otros gastos externos directamente asociados al proyecto.
  • En los proyectos relacionados con la “Fabricación Avanzada†además serán subvencionables las inversiones y gastos en hardware directamente asociados al proyecto, con un máximo del 50% de los costes de consultoría y asesoría.

No serán subvencionables 

  • Los gastos que no estén directamente relacionados con el proyecto.
  • Los gastos del beneficiario o empresas asociadas.
  • Los gastos de personal, gastos corrientes, gastos de mobiliario, gastos de consumibles, gastos de obras, gastos de licencias de software ni gastos de hardware, y en general, cualquier otro no incluido expresamente en los conceptos subvencionables.

En el caso de que alguno de los gastos subvencionables supere los 12000 € (IVA excluido) será necesario presentar un mínimo de tres ofertas de diferentes proveedores. 

El período para la ejecución de proyecyos y la realización de los gastos subvencionables estará comprendido entre el 1 de Enero de 2016 y el 15 de Noviembre de 2016.

Sí, si te has comprado un dominio en 2016, y aún no has hecho la web o incluso ya la tienes en camino, ¡¡¡aún estás a tiempo!!!

Finalmente, aquí va un pequeño resumen sobre el porcentaje de ayuda y el máximo de ayuda a conceder, todo ello en función del tipo de proyecto: 

Subvenciones TIC 2016 Navarra_Porcentajes de ayuda

 

Es importante destacar que se ha introducido un 5% extra de ayudas a aquellas empresas que hayan incorporado medidas para evitar la discriminación laboral entre hombres y mujeres:

  • Haber elaborado un Plan de Igualdad o haber aplicado medidas para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar.
  • Haber obtenido un reconocimiento o distintivo por la aplicación de políticas de igualdad de trato y de oportunidades con sus trabajadores y trabajadoras (por ejemplo el distintivo “Igualdad en la Empresa†del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad o el “Sello Reconcilia†de Amedna, etc.)-

tablas-SUBVENCIONES-azul

 CRITERIOS DE CONCESIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS

La concesión de la subvención se tramitará en régimen de evaluación individualizada, por los que las solicitudes se evaluarán atendiendo al orden de presentación, conforme a los criterios de la convocatoria. La resolución se dictará y notificará en el plazo máximo de 6 meses desde la presentación de la solicitud.

Y MUY IMPORTANTE, QUE NO SE OS OLVIDE!!!

El plazo para presentar las solicitudes finalizará el día 20 de julio de 2016, incluido. Será obligatorio presentarlas por vía telemática. 

Pues nada, ya tenéis el resumen sobre las ayudas TIC 2016 en Navarra. Si queréis más información sobre las subvenciones o sobre como realizar o actualizar vuestra web, no dudéis en contactar conmigo y os ayudaré encantada!

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